CÓDIGO DE TRÁMITES 053
LEGALIZACIÓN DE LIBRETAS ESCOLARES DEL NIVEL PRIMARIO (1ro a 6to.)


DEFINICIÓN.- La Legalización de Libretas y/o Certificados de Notas del nivel primario es un trámite donde la Dirección Departamental de Educación de La Paz legaliza los estudios del nivel primario para estudiantes que deseen continuar estudios en el interior o exterior del
país.


TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.– Se establece dos días hábiles para la entrega del trámite concluido u observado al usuario, este se inicia a partir de la entrega de los requisitos del usuario en la V.U.R.D.


DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:
DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL                             Dos días (2) Hábiles


DESCRIPCIÓN DEL PROCESO DE TRÁMITE:
Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN
Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ
Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos
Paso 4. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz
Paso 5. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos


CASOS USUALES

  • Usuarios que deseen legalizar la libreta y/o certificados de calificaciones de los
    cursos del nivel primario inferior.
  • Usuarios que deseen legalizar la libreta y/o certificados de calificaciones para fines que convenga al interesado.
  • Usuarios que deseen legalizar la libreta y/o certificados de calificaciones para viajes al Exterior.


REQUISITOS OBLIGATORIOS:

  • El certificado de Nacimiento es requisito obligatorio. Sin embargo, en el caso de los usuarios extranjeros que no tuvieran el certificado de nacimiento podrán presentar cualquier documento de identidad como ser: carnet de identidad, pasaporte, certificado de nacimiento o fotocopia de su certificado de nacimiento la misma que deberá estar legalizada en Cancillería.
  • Para los usuarios que se encuentren en el país, en calidad de refugiados políticos y que por esta condición no tienen documentación de identidad original o legalizado, se les reemplazará el mismo con un carta de CONARE – ACNUR donde indique su calidad de refugiado y su nombre completo.
  • Se debe considerar que los estudiantes del nivel primario no tienen certificados de calificaciones. Sin embargo la legalización se realizara en la libreta electrónica y/o certificado de notas.
  • En algunos países no se aceptan evaluaciones cualitativas sino las cuantitativas que comúnmente conocemos, por ello es importante que en la certificación indique los valores ponderados de las calificaciones para que sirva como parámetro. En caso que la Unidad Educativa no tenga libretas por encontrarse en proceso de transformación y que el usuario requiere evaluación cuantitativa, puede la Dirección de la Unidad Educativa certificar en hoja membretada de la Unidad las calificaciones obtenidas por el estudiante utilizando el plan de estudio de las valoraciones cualitativas a cuantitativas.

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