CÓDIGO DE TRÁMITE 112
CENTRALIZACIÓN DE NOTAS DE EDUCACIÓN ALTERNATIVA Y LEGALIZACIÓN DE CERTIFICADOS DE CALIFICACIONES


DEFINICIÓN.- Tramite que permite al participante centralizar las notas de estudios realizados en dos Centros de Educación Alternativa, y obtener un certificado de notas debidamente legalizado, con las cuatro asignaturas del Programa de Estudios de Educación Alternativa.


PRODUCTO.- Certificado de Estudios de Educación Alternativa llenado y legalizado por el Responsable de Legalizaciones, firmado por el Director Distrital correspondiente y por el Director Departamental de Educación La Paz.


TIEMPO DE DURACIÓN DEL TRÁMITE.– Se establece tres días hábiles para la entrega del trámite concluido u observado al usuario, éste se inicia a partir de la entrega de los requisitos en la V.U.R.D.
DESGLOSE DEL TIEMPO OPERATIVO PARA EL PROCESO DEL TRÁMITE:
TÉCNICO DE LEGALIZACIONES                     Un día (1) Hábil
DIRECCIÓN DISTRITAL                                     Un día (1) Hábil
DIRECCIÓN DEPARTAMENTAL                      Un día (1) Hábil


PASOS A SEGUIR PARA EL PROCESO DE SU TRÁMITE:
Paso 1. Depósito Bancario BANCO UNIÓN
Paso 2. Canjear Valores Ventanilla de CANJE DE VALORES de la DDE-LPZ
Paso 3. Recepción del expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos
Paso 4. Revisión y legalización Técnico responsable del área de Legalizaciones
Paso 5. Firma y Sello Director (a) Departamental de Educación La Paz
Paso 6. Entrega del Expediente Ventanilla Única de Recepción de Documentos


CASOS USUALES:

  • Que el estudiante solicite el llenado y la legalización de certificados de estudios de Centros de Educación Alternativa, habiendo cursado en dos Centros diferentes en un mismo nivel de aprendizaje.

REQUISITOS OBLIGATORIOS:

  • Es indispensable el llenado del formulario de solicitud de notas, siendo un formulario donde se consigna de manera clara: la gestión, curso, Centro Educación Alternativa y dirección distrital.
  • El certificado de nacimiento es un requisito obligatorio para corroborar los datos
    personales del estudiante.
  • Las fotografías deben ser pegadas en cada uno de los certificados de notas.
  • En el caso de los usuarios extranjeros podrán presentar cualquier documento de identidad, sea carnet de identidad, pasaporte, certificado de nacimiento; si  presentara fotocopias deberán estar legalizadas en Cancillería.
  • Para los usuarios quienes se encuentren en el país en calidad de refugiados políticos y que por esta condición no tienen documento de identidad original o legalizada, se les reemplazara el mismo con una carta de CONARE – ACNUR, donde indique su calidad de refugiado y su nombre completo.
  • En caso de que el usuario realizo Resoluciones Administrativas como ser: Rectificación, inversión, inclusión de nombre y/o apellidos u otras resoluciones que amerite el trámite debe ser adjuntada para proceder con la legalización de los certificados de notas.
  • El certificado de notas tienen el mismo valor que las libretas de calificaciones y Libretas Electrónicas.
  • Solo cuando el usuario requiere también la ratificación de los certificados de estudios debe presentar CARTA DE SOLICITUD que corresponde hasta la gestión 2008.
  • No se acepta la legalización de certificados de estudios, de un grado de educación alternativa si no presenta certificados de estudios del grado inmediato inferior siempre que este sea el último grado.
  • Informe de ambos Centros de Educación Alternativa que especifique los datos de: notas promovidas, fechas de examen (día/mes/año) y número de folio y partida.
  • Los técnicos del área de legalizaciones firmaran como Director y Secretario(a) del Centro de Educación Alternativa, excepcionalmente el técnico del área de legalizaciones podrá firmar las tres firmas por ausencia de los mismos, a fin de no perjudicar el tiempo en el proceso del trámite.
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